Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-1117)
BOP-2024-1117 Bases Oficial 1.ª de Forja. Laboral fijo.
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resolverá las dudas que puedan surgir a los aspirantes respecto a la referida valoración. El
Tribunal valorará la capacidad de análisis, en su caso, la aplicación razonada de los
conocimientos técnicos a la resolución de los problemas prácticos planteados, los tiempos,
calidad, limpieza y seguridad en la ejecución.
La calificación final de la fase de oposición se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas
en los ejercicios de que consta la misma.
B) FASE DE CONCURSO: Puntuación máxima de 10 puntos.
No tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la evaluación por parte del Tribunal de los
méritos que concurran en cada una de las personas aspirantes referidos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que hayan superado la fase de
oposición. Se valorará cada uno de los méritos de la manera siguiente:
• Experiencia: La puntuación máxima de este apartado será de 7 puntos.
- 0,10 puntos por cada mes trabajado en cualquier Administración Pública o empresa privada
(como asalariado o autónomo), con la categoría profesional de oficial de 1.ª de forja o nombre
análogo. No se tendrán en cuenta fracciones inferiores al mes trabajado.
Para baremar la experiencia se han de presentar contratos y/o nóminas y vida laboral. En caso
de autónomos IAE, alta o cualquier documento oficial que acredite dicha categoría profesional.
• Otros méritos: La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos.
- Titulación académica: 1 punto por cada titulación académica de superior categoría a la
exigida para acceder a la plaza convocada, relacionada con la plaza a proveer, y distinta al
título habilitante. Hasta un máximo de 1 punto.
- Cursos de formación: Se valorarán los cursos, con duración igual o superior a 20 horas,
impartidos u homologados por las Administraciones Públicas, por promotores incluidos en los
Acuerdos de Formación Contínua con las Administraciones Públicas, así como los realizados
en empresas concertadas con la Administración, siempre y cuando guarden relación con las
funciones a desempeñar, si bien, en cualquier caso, además se valorarán aquellos cursos
relacionados con las transversalidad, igualdad y prevención de riesgos laborales. La valoración
se realizará a razón de 0,005 puntos por cada hora lectiva. La formación se acreditará
mediante certificado o diploma en el que conste el número de horas, nombre, fecha del curso y
datos personales. No se tendrán en cuenta los certificados o diplomas en los que no figure el
número de horas lectivas. Hasta un máximo de 1 punto.
- Por carné de conducir de camión C ó C1, 1 punto.
La puntuación final será la suma de los puntos obtenidos en las dos fases de este proceso
selectivo.
ANEXO II: TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.
CVE:
BOP-2024-1117
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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