Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-1117)
BOP-2024-1117 Bases Oficial 1.ª de Forja. Laboral fijo.
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teléfono, y manifestar que se reúnen los requisitos de acceso exigidos en las presentes bases,
y se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, presentándose por sede electrónica o en los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Deberá ir acompañada de justificante del pago de los derechos de examen, que serán
satisfechos con motivo de la presentación de la solicitud, a través de la siguiente cuenta
bancaria de la cual es titular el Ayuntamiento de Coria, cuenta nº: ES90 2100 2772 5902 0001
5026, especificándose Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria y plaza
a la que se opta.
Será causa de exclusión del proceso selectivo la falta de abono de los derechos de examen.
En ningún caso la mera presentación y pago de los derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía aprobará mediante Resolución,
dentro del mes siguiente, la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se hará
pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para su subsanación,
entendiéndose caducado este derecho por el transcurso del plazo sin efectuar alegaciones.
En la misma Resolución que apruebe definitivamente las listas se indicará fecha, lugar y hora
de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador. La lista definitiva
de personas admitidas y excluidas se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento. No
obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva, incluso
durante la celebración de las pruebas, se advierte en alguna solicitud inexactitud o falsedad
que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha
exclusión. Los sucesivos anuncios relacionados con el desarrollo del proceso selectivo se
publicarán únicamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
5. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal tendrá la categoría establecida en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, y estará constituido en la forma que se determina en el artículo 60 del texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, por un número impar de miembros, no
inferior a cinco, todos/as ellos/as funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de
CVE:
BOP-2024-1117
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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