Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1110)
BOP-2024-1110 Bases de la convocatoria de una plaza de Técnico/a Deportivo/a, del subgrupo A2, a través del procedimiento de concurso-oposición por el turno libre.
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En el anuncio de las calificaciones definitivas del primer ejercicio de la fase de oposición, para
los/as aspirantes que lo hayan superado, se abrirá un nuevo plazo de quince días naturales para la
presentación de documentación relativa a los méritos que hayan de ser valorados, debiendo aportar
copia de los documentos acreditativos de los mismos. Este nuevo plazo se anunciará en la convocatoria
(https://empleo.dip-caceres.es/). A quienes en este plazo no aporte la documentación acreditativa no
se valorarán los méritos, sin que exista la posibilidad de su aportación posteriormente
Solamente serán valorados los méritos que consten relacionados en la instancia de solicitud de
participación. Los méritos serán aportados a través de la sede electrónica (https://sede.dip-
caceres.es/), accediendo en la pestaña “expedientes” al que se generó en el momento de la
inscripción”.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres puedan
requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que
hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El
órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en el
BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en el plazo establecido para su aportación.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede automáticamente
una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el resguardo
que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600 3000 4395 la
cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014), donde deberá
indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo referido a las causas de excención
de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta
de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los requisitos
exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2OWI0AHRN0KP0OGCDVKDRD2T0GU1WG
DIPCC-PF2OWI0AHRN0KP0OGCDVKDRD2T0GU1WG
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
22/02/2024
13:03
5/27
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1110
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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