Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1110)
BOP-2024-1110 Bases de la convocatoria de una plaza de Técnico/a Deportivo/a, del subgrupo A2, a través del procedimiento de concurso-oposición por el turno libre.
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Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o interino, o
contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en plaza igual a la que se convoca o
con funciones idénticas o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de las del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta, aunque tengan distinta
denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos por mes, hasta un máximo de 2,40
puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de Cáceres y sus
Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración Provincial.
Los méritos de experiencia en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificación
expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la
cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la Tesorería
General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se valorará
en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por
alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados en régimen de
jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados
con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, las permanencias en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos
de este baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En el caso de que este hecho suceda, se valorarán los
servicios que más beneficien a los/as interesados/as.
C. Formación: Máximo 1,2 puntos.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2OWI0AHRN0KP0OGCDVKDRD2T0GU1WG
DIPCC-PF2OWI0AHRN0KP0OGCDVKDRD2T0GU1WG
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
22/02/2024
13:03
14/27
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1110
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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