Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-1096)
BOP-2024-1096 Aprobación del Expediente de Delegación de competencia para la selección de sus Policías Locales por oposición libre en la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Montehermoso
ANUNCIO. Aprobación del Expediente de Delegación de competencia para la
selección de sus Policías Locales por oposición libre en la Junta de
Extremadura, a través de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Habiéndose aprobado el expediente para la Delegación de competencia para la selección de
sus Policías Locales por oposición libre en la Junta de Extremadura, a través de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social a favor de la Junta de Extremadura, a través de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se publica el mismo para su general
conocimiento y en cumplimiento del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
PRIMERO: Delegar la competencia para la selección del personal de su/sus plantilla/ plantillas
de Policía Local en los términos del artículo 46.3 Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura, a favor de dicha Administración Pública, que las ejercerá
a través de la Dirección General competente en materia de coordinación de Policías Locales.
Dicha delegación comprenderá las siguientes atribuciones:
a) Elaboración, aprobación y publicación anual de las bases de cada convocatoria
específica unificada por oposición libre respecto de la suma total de plazas ofertadas por
el Ayuntamiento de Montehermoso, para el acceso al empleo de policías locales, de la
escala básica, previsto en la oferta de empleo público que corresponda. Cada
convocatoria específica unificada que realice la Junta de Extremadura indicará e
identificará cada una de las plazas convocadas que corresponden a cada Municipio y se
redactará de conformidad con las Bases Generales aprobadas para este tipo de
procesos que, a su vez, deberán desarrollar lo dispuesto en la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, el Decreto 64/2022, de 8
de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y con
carácter supletorio por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a
Empleado/a Público/a, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el
CVE:
BOP-2024-1096
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de marzo de 2024
N.º 0044
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