Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2024-1090)
BOP-2024-1090 Modificación de las bases por las que se regirá la cobertura de 1 plaza de auxiliar administrativo/a, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Se constituirá una bolsa de empleo con los/as aspirantes que superen el proceso selectivo y que
no resulten contratados/as, a fin de que pueda ser utilizada para futuras contrataciones que
pudieran resultar necesarias para sustituciones o refuerzos temporales del servicio.
Los/as aspirantes serán ordenados/as en la bolsa de empleo según la puntuación final obtenida.
El/La integrante de la bolsa de empleo que obtenga un contrato causará baja en la bolsa y, una
vez finalizado el contrato, volverá a causar alta en el puesto que le corresponda según la
puntuación final obtenida.
Pasará al último lugar de la bolsa el/la aspirante que renuncie a un contrato ofertado sin causa
justificada.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento del
puesto dentro de la bolsa de empleo:
- Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios como personal contratado, en cualquiera
de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario/a interino/a.
- Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica,
internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad
acreditada por facultativo/a que exija la lactancia natural de menores de 9 meses. La acreditación
documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar
del orden de lista en la bolsa de empleo en que se encontrara la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
La bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 5 años.
DECIMOSEGUNDA. INCIDENCIAS.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
CVE:
BOP-2024-1090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de marzo de 2024
N.º 0044
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