Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1085)
BOP-2024-1085 EXTRACTO de Ampliación plazo solicitudes Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la contratación de personal administrativo destinada a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y con población inferior a 20.000 habitantes, Cáceres 2024.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
teniendo en cuenta el estado de la tramitación actual de los expedientes y, con el fin de que las
entidades beneficiarias de las subvenciones cuenten con un periodo razonable para presentar
las solicitudes, resulta necesario ampliar el plazo de solicitud hasta el día 8 de marzo de 2024.
En base a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 32.4, “4. Cuando una incidencia
técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que
corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una
ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.”
Esta Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres de acuerdo con las
atribuciones que le confiere la legislación vigente y según lo dispuesto en el art. 34. de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con los
antecedentes citados,
RESUELVE
PRIMERO. Acordar de oficio la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la
Convocatoria de contratación de personal administrativo, publicada en el BOP n.º 22 de 31 de
enero de 2024, hasta el 8 de marzo de 2024.
SEGUNDO. Notificar a las posibles entidades interesadas, mediante la publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, la presente Resolución, indicándoles que, de conformidad con el
artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente
contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Cáceres, 1 de marzo de 2024
Isabel Ruiz Correyero
VICEPRESIDENTA SEGUNDA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL
CVE:
BOP-2024-1085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de marzo de 2024
N.º 0044
Pág. 4820