Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1065)
BOP-2024-1065 Aprobación padrón fiscal del precio público por aparcamiento subterráneo periodo febrero 2024.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación padrón fiscal del precio público por aparcamiento
subterráneo periodo febrero 2024.
Acuerdo del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata por el que se aprueban los padrones y
listas cobratorias del Precio Publico por la prestación del servicio de utilización del
aparcamiento subterráneo publico municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de
Navalmoral de la Mata – Periodo febrero 2024, referidos todos ellos al ejercicio de 2024.
Aprobado por la Concejala delegada de Hacienda, el padrón y lista cobratoria del Precio
Publico por la prestación del servicio de utilización del aparcamiento subterráneo publico
municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de Navalmoral de la Mata – Periodo febrero
2024, correspondiente al ejercicio 2024, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los
términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del
presente anuncio, se exponen al público en la Intervención Municipal y tablón municipal de
edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados/as
puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes,
tengan. Contra el acto de aprobación del citado padrón y las liquidaciones contenidas en el
mismo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde-Presidente en el plazo
de un mes a contar a partir de la fecha de publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la
Provincia, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo. El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de
dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Los/as contribuyentes podrán efectuar los ingresos en los siguientes lugares:
En las Entidad Colaboradora designadas a tal efecto (Banco BBVA y Banco Santander).
Mediante domiciliación bancaria, para lo cual se les facilitara a los/as contribuyentes,
que así lo deseen, los impresos necesarios en las propias Entidades Bancarias ó en la
Oficina de la Tesorería Municipal.
CVE:
BOP-2024-1065
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de marzo de 2024
N.º 0043
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