Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-994)
BOP-2024-994 Bases convocatoria subvenciones clubes, asociaciones y entidades deportivas.
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entre sus cometidos conste la realización de las actividades subvencionables objeto de
esta convocatoria.
d) No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
e) Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a previsto en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 7 de
la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación (en adelante, OGS).
f) Haber justificado gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones recibidas de
la Excma. Diputación provincial de Cáceres en años anteriores, siempre que se haya
agotado el plazo de justificación.
g) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las
tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres. Dichas certificaciones
podrán ser acreditadas por la parte solicitante o recabadas por la Diputación Provincial
previa autorización firmada.
Y además, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
OBLIGACIONES.
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 14 de la Ley General de
Subvenciones y en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
Provincial de Cáceres, y además:
a) Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida.
Las entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la
actividad ha sido subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres, pudiendo
consistir en la inclusión de la imagen institucional de la misma en todo el material
documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad
subvencionada o, en su caso, deberán publicar en su página Web (o tablón de anuncios
en su defecto) nota informativa con la actividad subvencionada y el importe total de la
ayuda, haciendo expresa referencia a la subvención concedida por la Diputación
Provincial de Cáceres.
En el caso de que la entidad beneficiaria no dé lugar, con la realización de las
actividades, a material documental en el que pudiera aparecer la mencionada publicidad
y, tampoco disponga de página web al efecto, deberá dar difusión a la subvención
CVE:
BOP-2024-994
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de febrero de 2024
N.º 0041
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