Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1000)
BOP-2024-1000 EXTRACTO. Bases Reguladoras Convocatoria Federaciones Deportivas 24.
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temporalización, repercusión social del proyecto o evento, difusión, etc.
Presupuesto en el que se indique ingresos y gastos.
Acreditación de la representación legal de la entidad e indicación del puesto que ocupa
y fecha de su nombramiento y permanencia en el mismo.
Estatutos y CIF de la Asociación, salvo que se hubieran presentado para esta misma
Convocatoria en años anteriores y no hubieran variado.
Deberán presentar, además, alta de terceros, en aquéllos casos en los que la
Diputación Provincial de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de
datos respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
En caso de ser necesaria su aportación, este documento debe remitirse en original a la
Tesorería de esta Excma. Diputación Provincial; Plaza de Santa María S/N 10071 de
Cáceres.
De manera opcional, deberán presentar la siguiente documentación:
A efectos de la aplicación de los criterios de valoración que se tendrán en cuenta para la
concesión de las subvenciones, las entidades solicitantes podrán presentar cuanta
documentación consideren pertinente.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
excepcional”.
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración -cuya composición se determina en la BASE OCTAVA- de la
Convocatoria llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta,
debidamente motivada. No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente
de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa. La
asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y
de acuerdo con los criterios y su gradación que se señalan en la BASE SÉPTIMA de la
Convocatoria. La comisión de valoración graduará, en base a las solicitudes presentadas y
vistos los programas de actividades y la propuesta que realice el Área de Cultura previo estudio
de los mismos, los criterios de valoración artística con los límites establecidos en cada
apartado.
CVE:
BOP-2024-1000
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de febrero de 2024
N.º 0041
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