Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-981)
BOP-2024-981 Programa de Activación para el Empleo Local de 2024.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR(CACERES)
Plaza de España, 1. 10160 Alcuéscar. Cáceres.Tlf. (927) 38 40 02. Fax: (927) 38 46 91.
C.I.F.:P1001000G aytoalcuescar@ya.com
ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.
Dicho Programa queda redactado de la siguiente manera:
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de
Alcuéscar procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo,
teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores, prestando especial
atención a las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del
diagnóstico de situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando
activamente un empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden
ajustarse a la realidad actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local
integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia
laboral a aquellos sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades
de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las
Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su
iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra
autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2
de mayo, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el
Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede
promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a. Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección
y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de
protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y
rehabilitación de la edificación.
CVE:
BOP-2024-981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de febrero de 2024
N.º 0040
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