Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2024-950)
BOP-2024-950 Aprobación definitiva de la modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización de instalaciones y entorno municipales.
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4. La solicitud de uso de la Nave municipal requiere una previa autorización por parte del
Ayuntamiento, y en el supuesto de que se produzcan varias solicitudes para la misma fecha, se
dirimirá en favor de la que conste previamente en el registro municipal.
El Ayuntamiento tendrá prioridad en la utilización de los edificios y locales municipales, aun
cuando el uso de éstos haya sido cedido temporalmente, debiendo avisar al/a beneficiario/a
con la antelación mínima suficiente necesaria.
En la instancia se hará constar, además de los datos preceptivos según la Ley del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes
extremos:
- Datos del/a solicitante.
- Duración (días y horas durante las que se realizará el uso).
- Actividades a realizar.
- Número de ocupantes.
- Finalidad.
- Motivos de la solicitud.
Sin perjuicio de cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias puedan ser
solicitadas por los servicios municipales.
A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- Copia del DNI del/a solicitante.
- En su caso, declaración responsable debidamente firmada por el/la solicitante en la
que se haga constar la condición de asociación de sin ánimo de lucro, debidamente
legalizada, que posea la entidad beneficiaria de la autorización.
- Copia del abono de la tasa vinculada al correspondiente uso.
Las autorizaciones que sean concedidas tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o
subarrendadas a un/a tercero, de manera que el incumplimiento de este mandato dará lugar a
la anulación de la autorización sin derecho a devolución o indemnización de clase alguna.
CVE:
BOP-2024-950
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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