Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-923)
BOP-2024-923 Aprobación de la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de Empleo para Técnico Administrativo/a.
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selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se expondrán en los locales en donde se haya
celebrado el ejercicio anterior o en los que se señalen en el último anuncio, bastando dicha
exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos.
SEXTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, no pudiendo estar formados
mayoritariamente por personal funcionario de los Cuerpos o Escalas a los que se refiera el
proceso selectivo. Se tenderá a la paridad entre mujer y hombre.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: el personal que desempeña
cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años,
el personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, el personal directivo
profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
No podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de
aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo
establecido será nula de pleno derecho, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran
podido incurrir.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Asimismo, actuarán con plena
autonomía y serán personalmente responsables de la objetividad del procedimiento, del estricto
cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para la realización y
calificación de las pruebas y publicación de sus resultados.
El órgano técnico de selección estará compuesto por la Presidencia, la Secretaría y tres
Vocales, actuando todos/as ellos/as con voz y voto, siendo su composición publicada en el
Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica municipal, previo anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
El Tribunal deberá conformarse con funcionarios/as de carrera o laborales fijos, en posesión de
un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se
trate.
La composición del tribunal calificador se hará pública con el listado definitivo de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
CVE:
BOP-2024-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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