Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-921)
BOP-2024-921 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de La Pesga.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
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CONVENIO ENCOMIENDA DE GESTIÓN 4.1. “SANEAMIENTO Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES”. RÉGIMEN ECONÓMICO:
MEDIANTE EL ABONO, POR LOS USUARIOS-BENEFICIARIOS, DE LAS
TASAS O TARIFAS ESTABLECIDAS EN LA ORDENANZA REGULADORA
DEL SERVICIO ENCOMENDADO.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para la Gestión
de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres”, en
adelante se referenciará al mismo como Consorcio “MásMedio”, facultado para este acto
por acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en su sesión de 17 de junio de
2021.
Y de otra, D. José David Domínguez Martín, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento
de La Pesga, en adelante se referenciará al mismo como AYUNTAMIENTO, facultado
para suscribir el presente Convenio en virtud de acuerdo del Pleno Municipal, adoptado
en sesión del día 24 de septiembre de 2021, asistido del Sr. Secretario de la Corporación
Fernando García Hernández.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del presente
Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de
Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias propias que, en todo
caso, debe ejercer el Municipio, el abastecimiento de agua potable a domicilio y
evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal
de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 6. que dentro de las competencias propias
que puede ejercer los municipios en el área de actuación municipal referida al Territorio
e Infraestructuras se encuentra la de “(…) 6º. Ordenación, gestión, prestación y control
de los servicios en el ciclo integral del agua de uso urbano. Esta materia incluye el
abastecimiento de agua en alta o aducción, abastecimiento de agua en baja, saneamiento
o recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los núcleos de población,
depuración de las aguas residuales urbanas y su reutilización, en su caso, en los términos
de la legislación básica.”
CVE:
BOP-2024-921
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
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