Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-920)
BOP-2024-920 Convenio de encomienda de gestión de residuos sólidos urbanos suscrito con el Ayuntamiento de Brozas.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RSU
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
CONVENIO ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE “RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS DOMÉSTICOS Y ASIMILADOS”. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE
ABONO, POR LA ENTIDAD LOCAL DE BROZAS, DE LA CONTRAPRESTACIÓN
ECONÓMICA LIQUIDADA, GESTIONADA Y RECAUDADA POR EL CONSORCIO
CONFORME A LO DISPUESTO EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO
ENCOMENDADO.
REUNIDOS
De una parte, Don Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para la
Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia de
Cáceres”, en adelante se referenciará al mismo como Consorcio MásMedio, facultado
para este acto por acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en su sesión de
17 de junio de 2021.
Y de otra parte Dª Milagrosa Hurtado Marcos, Alcaldesa-Presidenta del
Municipio de Brozas, en adelante se referenciará a la misma como AYUNTAMIENTO,
facultada para suscribir el presente Convenio en virtud de acuerdo del Pleno
Municipal, adoptado en sesión del día 26 de julio de 2021, asistida de la Sr/a.
Secretario/a de la Corporación.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del presente
Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de
Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias propias que, en todo
caso, debe ejercer el Municipio, parques y jardines públicos, gestión de los residuos
sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y
atmosférica en las zonas urbanas.
Asimismo, la Ley3/2019, de 22 de enero, de Garantía de laAutonomía Municipal
de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 8. que dentro de las competencias
propias que puede ejercer los municipios en el área de actuación municipal referida al
Territorio e Infraestructuras se encuentra la de “(…)
CVE:
BOP-2024-920
Verificable
en:
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Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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