Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-880)
BOP-2024-880 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Cultura, ejercicio 2024.
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En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como elemento de gestión e
instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración Pública un plan
estratégico de subvenciones que permita relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que
se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con objeto de adecuar las
necesidades públicas a cubrir mediante las subvenciones, con los recursos disponibles, y todo
ello con carácter previo a la concesión.
Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de
objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de
consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos invertidos,
puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso,
eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un procedimiento de
colaboración entre la Administración pública y los/as particulares para la gestión de actividades
de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden mediante
procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento y control
eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la concesión
de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I
NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS, PRINCIPIOS GENERALES Y LÍNEAS
ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático,
que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera derechos ni obligaciones para la
Concejalía de Cultura. Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las
diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes las disponibilidades
presupuestarias de cada ejercicio.
CVE:
BOP-2024-880
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de febrero de 2024
N.º 0036
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