Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-879)
BOP-2024-879 Mutación demanial a favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para su afectación a ADIF Alta Velocidad, ramal de conexión sur de Cáceres; de 379 m2 y 88 m2, incluidos en la finca registral 82.860, de titularidad municipal.
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afectación a ADIF Alta Velocidad (no alterándose la titularidad de los bienes ni su carácter
demanial); será el de ser destinados a la ejecución del Proyecto básico de la modificación del
proyecto de construcción de plataforma. Línea de Alta velocidad Madrid-Extremadura, Cáceres-
Mérida tramo: Ramal de conexión sur de Cáceres; finalidad y destino que ha de mantenerse
con carácter permanente.
2. Los terrenos objeto de mutación demanial y consiguiente modificación del sujeto titular del
dominio público por un cambio en la afectación del bien, habrán de quedar afectados al
dominio público del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con carácter
permanente.
3. La titularidad demanial de los bienes revertirá automáticamente al Ayuntamiento de Cáceres,
con todas sus pertenencias y accesiones, y en perfecto estado de conservación, cuando
concurra alguna de las siguientes CIRCUNSTANCIAS:
a) Se modifique la finalidad y destino de los bienes, que es la ejecución de ejecución del
Proyecto básico de la modificación del proyecto de construcción de plataforma. Línea de
Alta velocidad Madrid-Extremadura, Cáceres-Mérida tramo: Ramal de conexión sur de
Cáceres.
b) Se incumplan por la entidad beneficiaria alguna de las condiciones establecidas.
c) Dejarse de estar afectado a la finalidad prevista.
4. Que todos los gastos e impuestos que se deriven de los actos preparatorios y de
formalización y materialización de dichas actuaciones serán abonados por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y en su caso por ADIF Alta Velocidad.
QUINTO: Solicitar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y ADIF Alta
Velocidad, que con carácter previo al acuerdo definitivo por el que se apruebe la mutación
demanial externa, preste su expresa conformidad a las condiciones en las que este
Ayuntamiento estaría dispuesto a efectuar la mutación demanial que se pretende, y que son las
que se reseñan en el apartado CUARTO, en relación con lo señalado en los informes
anteriormente transcritos.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de Bienes
de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, así como en analogía con lo preceptuado en
el artículo 110. 1. f) del indicado texto legal se somete a información pública la prevista
mutación demanial externa, y consiguiente modificación del sujeto titular del dominio público
por un cambio en la afectación del bien (no alterándose la titularidad de los bienes ni su
CVE:
BOP-2024-879
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de febrero de 2024
N.º 0036
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