Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-878)
BOP-2024-878 Mutación demanial a favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para su afectación a ADIF Alta Velocidad, ramal de conexión sur de Cáceres; de 80,24 m2 de finca registral 82862, de titularidad municipal.
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segregarse, y descritos en el informe emitido con fecha 21 de abril de 2022 por parte de la
Arquitecta Técnica y la Jefe de la Sección de Inventario, anteriormente transcrito; no
alterándose la titularidad de los bienes ni su carácter demanial, pues solo se cambiará la
titularidad del dominio público por un cambio en la afectación del bien; mediante el
procedimiento legalmente exigible conforme a lo señalado en los considerandos
correspondientes de la presente resolución; y ello al considerar justificado el carácter público
de la entidad solicitante, y estimar que la mutación demanial externa de estos bienes para el fin
que se persigue, que es de ejecución del Proyecto básico de la modificación del proyecto de
construcción de plataforma. Línea de Alta velocidad Madrid-Extremadura, Cáceres-Mérida
tramo: Ramal de conexión sur de Cáceres, redundarán de manera evidente y positiva en
beneficio de los habitantes del término municipal.
SEGUNDO: Realizar, una vez que por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y ADIF Alta Velocidad, se preste conformidad a las condiciones en las que este
Ayuntamiento estaría dispuesto a efectuar la mutación demanial externa que se pretende, y
que son las que se reseñan en el apartado CUARTO; cuantos trámites sean necesarios
mediante el procedimiento legalmente exigido conforme a lo expuesto en los considerandos
anteriormente reseñados, para la desafectación del bien o derecho con simultanea afectación a
otro uso general o servicio público, cómo viene estableciendo la doctrina de la MUTACIÓN
DEMANIAL, no alterándose la titularidad de los bienes ni su carácter demanial, pues solo se
cambiará la titularidad del dominio público por un cambio en la afectación del bien; y ello dado
que se trata de posibilitar el uso de unos bienes de dominio público por una Administración
Pública y para una dotación de carácter público.
TERCERO: Someter de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de
Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, así como en analogía con lo
preceptuado en el artículo 110. 1.f) del indicado texto legal a información pública, la prevista
mutación demanial externa de dichos terrenos, y consiguiente modificación del sujeto titular del
dominio público por un cambio en la afectación del bien (no alterándose la titularidad de los
bienes ni su carácter demanial), a favor del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana para su afectación a ADIF Alta Velocidad, de los terrenos de titularidad Municipal,
afectados por el Proyecto básico de la modificación del proyecto de construcción de plataforma.
Línea de Alta velocidad Madrid-Extremadura, Cáceres-Mérida tramo: Ramal de conexión sur de
Cáceres, y en concreto de los terrenos de 80,24 m2., incluidos en la finca registral 82.862 de la
que han de segregarse, y descritos en el informe emitido con fecha 21 de abril de 2022 por
parte de la Arquitecta Técnica y la Jefe de la Sección de Inventario, anteriormente transcrito;
por espacio de UN MES a los efectos previstos en el artículo 8 (2) del Reglamento de Bienes
de las Entidades Locales de 13 de Junio de 1986; y por espacio de QUINCE DÍAS a los efectos
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BOP-2024-878
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Miércoles, 21 de febrero de 2024
N.º 0036
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