Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2024-831)
BOP-2024-831 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de agua a domicilio.
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2. USOS INDUSTRIALES. - Mínimo de consumo cuatrimestral: 24 m3.
SUSTITUCIÓN DE CONTADORES DE LECTURA:
En cada recibo de suministro de agua.............................................. 0,45 €.
MANTENIMIENTO DE LA RED DE SUMINISTRO:
En cada recibo de suministro de agua.............................................. 1,00 €.
Se hace constar igualmente, que estos precios no llevan incluido el Impuesto sobre el Valor
Añadido (actualmente el 10%), por lo que en cada caso dichas tarifas se verán incrementadas
por el tipo vigente en cada momento.
DERECHOS DE ENGANCHE Y ACOMETIDA
1.- Al iniciarse el servicio en todo el término municipal……………………………... 60,00 €.
2.- Cada vez que se restablezca en todo el término municipal……………………. 60,00 €.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-
administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del
De 61 a 80 metros cúbicos consumidos cada cuatrimestre 0,60 €/m3
De 81 metros cúbicos en adelante consumidos cada cuatrimestre 1,30 €/m3
CONSUMOS EUROS
Los 24 primeros metros cúbicos consumidos cada cuatrimestre 15,00 €
De 25 a 60 metros cúbicos consumidos cada cuatrimestre 0,50 €/m3
De 61 a 80 metros cúbicos consumidos cada cuatrimestre 0,60 €/m3
De 81 metros cúbicos en adelante consumidos cada cuatrimestre 1,30 €/m3
CVE:
BOP-2024-831
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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