Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2024-822)
BOP-2024-822 Bases proceso de selección de personal laboral fijo de la plaza de Director/a Gerente Residencia de Mayores El Cerro, en el procedimiento de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición.
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Ayuntamiento de Casas del Castañar
Ayuntamiento de Casas del Castañar
Plaza de San Juan, s/n, Casas del Castañar. 10616 (Cáceres). Tfno. 927478001. Fax: 927478522
La experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través de
certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la Administración
o representante de la Empresa , en la que han prestado servicios, de conformidad con la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la
Administración Pública, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación
y porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los meses
de trabajo efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los decimales):
M1= DT2/30
En la que:
 M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de
valoración.
 DT2 corresponde al número de días de prestación de servicios, conforme a la
documentación acreditativa de los mismos.
2. Méritos académicos y otros méritos: con una puntuación máxima de 15 puntos de
acuerdo con la siguiente valoración:
2.1.se valorará con una puntuación máxima de 12 puntos la participación en cursos
de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones
dependientes de ellas, cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias
de la plaza a la que se opta .
2.2. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, y
formación complementaria en dependencia, discapacidad, geriatría,
gerontología, u otras áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito de
atención a la dependencia y el ámbito sanitario.
 0,15 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas
o que no especifique el número de horas, con un máximo de 3 puntos.
 0,25 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos,
seminarios, Congresos o Jornadas de 10 a 300 horas, con un máximo de
12 puntos. Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
 0,50 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos,
Seminarios, Congresos o Jornadas formativas con una duración superior a
300 horas, con un máximo de 12 puntos. Se establece una equivalencia de
1 crédito con 10 horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará
mediante la presentación del certificado o diploma de asistencia con el
contenido del programa oficial del curso con indicación del número de horas
lectivas. Se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando
sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (primera y segunda parte,
nivel básico y avanzado, etc.), se sumará la carga lectiva total a efectos de su
valoración. Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte
Cód.
Validación:
435A7WGXDF6KHYCGJPYWANLZP
Verificación:
https://casasdelcastanar.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
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Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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