Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2024-822)
BOP-2024-822 Bases proceso de selección de personal laboral fijo de la plaza de Director/a Gerente Residencia de Mayores El Cerro, en el procedimiento de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición.
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Ayuntamiento de Casas del Castañar
Ayuntamiento de Casas del Castañar
Plaza de San Juan, s/n, Casas del Castañar. 10616 (Cáceres). Tfno. 927478001. Fax: 927478522
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la bolsa de empleo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario
interino.
— Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores
de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará
lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que
se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta lista de espera será utilizada por el Ayuntamiento tanto para nombramiento de
funcionario interino, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 10.1 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del EBEP, como para contratación laboral en cualquiera de sus
modalidades previstas en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del ET.
La lista de espera estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria pública de
pruebas selectivas de Director de Residencia, o hasta que el Ayuntamiento de Casas del
Castañar determine
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Impugnaciones
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía
administrativa podrá interponerse por las personas interesadas legitimadas recurso
potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres. Transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición
del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse que ha sido
desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo de
la ciudad de Cáceres en el plazo de seis meses.
Alternativamente, contra las presentes bases cabe interponer recurso contencioso-
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo ,dentro del plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres. Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las
bases podrán ser interpuestos por las personas interesadas los oportunos recursos en los
casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Cód.
Validación:
435A7WGXDF6KHYCGJPYWANLZP
Verificación:
https://casasdelcastanar.sedelectronica.es/
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Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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