Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-818)
BOP-2024-818 Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva a municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes para la realización de obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica. (MIE-2024).
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Servicio de Medio Ambiente, Transición
Ecológica, Agricultura y Ganadería
mismas por otro distinto por ser una modificación sustancial que impide subvencionar la
actuación.
La solicitud de la subvención no confiere derecho alguno a la entidad solicitante.
No se atenderán solicitudes que no se ajusten al contenido de estas bases y sus anexos,
que se presenten fuera de plazo o sin respetar la forma indicada en estas bases. La resolución
de inadmisión será notificada al interesado en los términos del artículo 40 y siguientes de la
ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
6.2.-DOCUMENTACIÓN
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se indica a continuación,
con carácter obligatorio:
1. Declaración responsable, según modelo normalizado disponible en sede electrónica.
2. Proyecto técnico que deberá realizarse de acuerdo con los modelos normalizados de
instrucciones generales de proyectos e instrucciones particulares para proyectos de obras de
mejora de infraestructuras eléctricas disponibles en sede electrónica, en el siguiente enlace:
https://www.dip-caceres.es/area/fomento-movilidad-agenda-provincial
El presupuesto debe contener al menos los siguientes capítulos:
- Instalación eléctrica.
- Seguridad y Salud
- Gestión de Residuos.
- Legalización Instalaciones.
Además, como establece LCSP, deberá incluirse Costes indirectos, Gastos Generales,
Beneficio Industrial e IVA.
Los honorarios de redacción de proyecto, dirección facultativa y coordinación de
seguridad y salud no pueden incluirse en el presupuesto del proyecto de ejecución. Deberán
incluirse en el documento de solicitud de la ayuda y adjuntarse copia de la factura.
El tamaño máximo de los archivos que adjunten no puede ser superior a 5 megas. Se
recomienda bajar la resolución de las imágenes y comprimir los archivos. En todo caso, si el
tamaño es superior a 5 megas deberá habilitar una URL para compartir los archivos, debiendo
solicitarse al órgano gestor que se habilite en sede electrónica documento excepcional para
incorporar comunicación con la indicación correspondiente para la descarga del proyecto.
3. Junto con la solicitud deberá presentar los certificados de instalación eléctrica de baja
o alta tensión debidamente diligenciados por la Dirección General de Industria, Energía y
Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura. En caso de no presentarse el citado certificado la actuación no podrá ser elegible.
4. Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a su
disposición o hubiera variación de datos con respecto a la última que conste en los archivos
CVE:
BOP-2024-818
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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