Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2024-808)
BOP-2024-808 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de casa de baños, duchas, piscinas e instalaciones deportivas y otros análogos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrejón El Rubio
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa
por la prestación de los servicios de casa de baños, duchas, piscinas e
instalaciones deportivas y otros análogos.
Finalizado periodo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones contra el
acuerdo provisional de fecha 29 de diciembre de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda éste elevado a definitivo y se procede a
la publicación del acuerdo y del texto íntegro de la siguiente ordenanza fiscal:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE CASA DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y
OTROS ANÁLOGOS.
Artículo 1.º- Concepto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 o) del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo; este
Ayuntamiento establece la tasa por la prestación de los servicios de casa de baños, duchas,
piscinas e instalaciones deportivas y otros servicios análogos especificadas en las tarifas
contenidas en el apartado 2 del artículo 3º siguiente, que se regirá por la presente Ordenanza.
La prestación pecuniaria que se satisfaga por este concepto, tiene la consideración de tasa
porque la actividad administrativa correspondiente, si bien es de solicitud o recepción
voluntaria, no es prestada en esta localidad por el sector privado, todo ello a tenor de lo
establecido en el artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Artículo 2.º- Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanza quienes se beneficien de los
servicios o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el
artículo anterior.
CVE:
BOP-2024-808
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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