Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2024-789)
BOP-2024-789 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de entrada de vehículos y vado permanente.
<< 5 << Página 5
Página 6 Pág. 6
-
6 páginas totales
Página
Artículo 10. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la determinación
de las sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se aplicarán los preceptos
de contenidos en los arts. 178 y ss. de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
normativa que la desarrolle, y en su caso, la Ordenanza General de Gestión Inspección y
Recaudación en vigor.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. MODIFICACIONES DEL IMPUESTO.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación de la Tasa, por las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado o por cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que
resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente modificación tácita de
la presente Ordenanza Fiscal.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. APROBACIÓN, ENTRADA EN VIGOR Y MODIFICACIÓN DE
LA ORDENANZA FISCAL.
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión
celebrada 5 de diciembre de 2023, comenzará a regir con efectos desde el día 1 de enero de
2024y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación. En caso de
modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados continuarán
vigentes.
Carrascalejo, 9 de febrero de 2024
Sonia Cid Jiménez
ALCALDESA PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-789
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
Pág. 3489