Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-787)
BOP-2024-787 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Recursos Humanos, Empleo, E-Administración y Deporte, ejercicio de 2024.
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3.2.- Establecer y normalizar, los programas de ayudas y subvenciones de la Concejalía
de Recursos Humanos, Empleo, E-Administración y Deporte del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, y un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a los mismos.
3.3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
3.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión y
justificación de las subvenciones a tramitar por Concejalía de Recursos Humanos,
Empleo, E-Administración y Deporte del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2024 se recogen en el
documento anexo, denominado “Anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía
de Recursos Humanos, Empleo, E-Administración y Deporte del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, anualidad 2024”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la
convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la
posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas,
en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se
materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, al
objeto de la plena satisfacción del interés general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará conforme a
criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el
conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los objetivos
marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar
cuantitativa y cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de subvenciones se
ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
CVE:
BOP-2024-787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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