Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-784)
BOP-2024-784 Rectificación de errores en bases de Ingenieros/as de Caminos, Canales y Puertos.
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Debe decir:
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en
cada uno de los Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al siguiente
cuadro:
SEGUNDO.- Esta Presidencia se reserva las facultades que les son propias respecto al
régimen de competencias. Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución
serán resueltas por esta Presidencia.
TERCERO.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y dese
cuenta al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de su eficacia desde la firma de la misma y
notifíquese a los diputados afectados.
El presente acto es definitivo en vía administrativa, y frente al mismo cabe interponer -en el
plazo de dos meses a partir de la recepción de su notificación- recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con
carácter potestativo -y en los términos comprendidos en el artículo 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre- recurso de reposición ante esta Junta de Gobierno, en el plazo de un
mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
se estime oportuno.
Cáceres, 14 de febrero de 2024
Álvaro Casas Avilés
VICESECRETARIO
TITULACIÓN MÍNIMA EXIGIDA TÍTULOS VALORABLES PUNTOS
GRADO MAS MASTER Doctor/a 0,40
Licenciado/a no exigido 0,30
Grado 0,30
Master no exigido 0,30
DEA 0,30
CVE:
BOP-2024-784
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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