Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2024-763)
BOP-2024-763 Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección. Oficial 1º construcción (albañil). Contrato de relevo de duración determinada.
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representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
Con el/la seleccionado/a se celebrará contrato laboral de relevo. Existirá un período de prueba
de dos meses.
DÉCIMA. Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo, para este plaza, con las personas que superen el proceso
de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos
que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por
enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 10
puntos.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una
vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de
empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del/la aspirante al último lugar de
la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
—Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
— Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de dos años más a la fecha de la jubilación
total de la plaza relevar.
UNDÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la
Administraciones Públicas. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las
controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción
Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
CVE:
BOP-2024-763
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de febrero de 2024
N.º 0032
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