Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Riolobos. (BOP-2024-754)
BOP-2024-754 Plan Antifraude.
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Ayuntamiento de Riolobos
Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el art. 22
del precitado Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, Ayuntamiento de Riolobos, como entidad ejecutora del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que fue aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, adopta este «Plan de Medidas Antifraude»
como enfoque estratégico para proteger los intereses financieros de la Unión y velar por
la utilización adecuada de los fondos mediante los que se financia el mencionado Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como para declarar y garantizar
que, en el ámbito de actuación del organismo, dichos fondos se han utilizado de
conformidad con las normas aplicables.
De forma específica, este ayuntamiento establece unas directrices para el
conjunto de las personas que prestan sus servicios en el organismo y, particularmente,
para que las diferentes unidades implicadas en la gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, atendiendo a sus características específicas, puedan
reforzar sus propios procedimientos ya existentes para la prevención, detección y lucha
contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, ajustándose estrictamente a
lo que en relación con esta materia establece la normativa española y europea y a los
pronunciamientos que, al respecto de la protección de los intereses financieros de la
Unión, han realizado o puedan realizar las instituciones de la Unión Europea.
Este «Plan de Medidas Antifraude» parte de la previa autoevaluación del
procedimiento aplicado por el Ayuntamiento de Riolobos en relación con los citados
principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia contenidos en el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, y, en particular, del estándar que cumple respecto de las medidas de
prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de interés,
obtenido a través del cuestionario “Test conflicto de interés, prevención del fraude y la
corrupción” del Anexo II.B.5 de la mencionada Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Asimismo, este «Plan de Medidas Antifraude» se configura como un punto de
partida de la estrategia de integridad pública que implementa el Ayuntamiento de
Riolobos para posibilitar la puesta en práctica, en todos los niveles del organismo, de
actuaciones de mejora continua que le permitan posicionarse a favor de la cultura ética,
con tolerancia cero hacia la corrupción, lo que redundará en una mejora del control
(interno y externo) tanto de los presupuestos públicos, como de los procedentes del
presupuesto financiero de la Unión Europea.
De esta forma, el presente «Plan de Medidas Antifraude» se conforma como un
documento inicial cuya aplicación y despliegue requerirá su actualización a medida que
se vaya implantando por parte de las unidades y los actores implicados en su ejecución.
Las medidas contenidas en este «Plan de Medidas Antifraude» se estructuran en
torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude:
- Prevención
3
Cód.
Validación:
59LPDE4P6XRYQSJGYSZQAHSH2
Verificación:
https://riolobos.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
50
CVE:
BOP-2024-754
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de febrero de 2024
N.º 0031
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