Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Riolobos. (BOP-2024-754)
BOP-2024-754 Plan Antifraude.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Riolobos
EDICTO. Plan Antifraude.
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al pública del
acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Riolobos de 18 de diciembre de 2023 por el que fue
aprobado inicialmente el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Riolobos (BOP de
Cáceres de 22 de diciembre de 2023), el acuerdo se eleva a definitivo.
De conformidad con lo dispuesto en el en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. se publica como
Anexo a este Edicto el texto íntegro del Plan para general conocimiento.
RECURSOS: Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123 y ss. de
la citada Ley 39/2015, los/as interesados/as podrán interponer recurso de reposición ante el
Pleno del Ayuntamiento de Riolobos en el plazo de un mes o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en la forma y
plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
dicha Jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro que en su derecho estimen; no obstante, de
formularse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación
presunta.
Riolobos, 5 de febrero de 2024
José Pedro Rodríguez Martín
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-754
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de febrero de 2024
N.º 0031
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