Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-731)
BOP-2024-731 Bases Profesor/a Conservatorio de Danza.
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SEGUNDO. - Esta Presidencia se reserva las facultades que les son propias respecto al
régimen de competencias. Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución
serán resueltas por esta Presidencia.
TERCERO. - Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y dese
cuenta al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de su eficacia desde la firma de la misma y
notifíquese a los diputados afectados.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse,
en el plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de
la interposición de cualquier otro que se estime procedente.
Cáceres, 9 de febrero de 2024
Álvaro Casas Avilés
VICESECRETARIO
CVE:
BOP-2024-731
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de febrero de 2024
N.º 0030
Pág. 3134
SEGUNDO. - Esta Presidencia se reserva las facultades que les son propias respecto al
régimen de competencias. Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución
serán resueltas por esta Presidencia.
TERCERO. - Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y dese
cuenta al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de su eficacia desde la firma de la misma y
notifíquese a los diputados afectados.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse,
en el plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de
la interposición de cualquier otro que se estime procedente.
Cáceres, 9 de febrero de 2024
Álvaro Casas Avilés
VICESECRETARIO
CVE:
BOP-2024-731
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de febrero de 2024
N.º 0030
Pág. 3134