Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2024-727)
BOP-2024-727 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Escenarios de la Mancomunidad.
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Catalunya donde se indica la carga máxima REPARTIDA que soporta una tarima de 2 x 1m
(1.820 kg/m2). No se permiten cargas dinámicas de vehículos o elementos pesados.
No se permite incorporar otras estructuras encima de la plataforma.
Artículo 6.- Exenciones y bonificaciones.
No se establecen exenciones y bonificaciones a las presentes tasas.
Conforme al artículo 9.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; no podrán reconocerse otros
beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con
rango de ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales.
Artículo 7.- Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones de la presente Ordenanza, así como a la
determinación de las sanciones que por la misma correspondan se aplicará al régimen
regulado en los artículos 58 y 59 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de Abril, y
subsidiariamente a la Ley General Tributaria, así como las disposiciones o normas que la
desarrollen o la complementen.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno de la
Asamblea Mancomunal en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2023, entrará en vigor el
mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia permaneciendo en vigor hasta
su modificación o derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pozuelo de Zarzón, 5 de febrero de 2024
Jorge Gordo Paule
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-727
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de febrero de 2024
N.º 0029
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