Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-713)
BOP-2024-713 Plan Activa 2024: Desarrollo de Actuaciones.
10 páginas totales
Página
El presente acuerdo queda condicionado a la tramitación de expediente de modificación de
crédito, para adecuar los créditos a la naturaleza del gasto, en función de la relación de
actuaciones que ahora se aprueba y consiguiente regularización de las aplicaciones
presupuestarias afectadas.
SEGUNDO. Se faculta a la Presidencia de esta Diputación para la emisión de todos cuantos
actos y resoluciones se deriven de este acuerdo y resulten precisos en desarrollo y ejecución
del mismo, así como para sus modificaciones.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su recepción, recurso contencioso-
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o con carácter
potestativo, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
estime procedente.
Por su parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en los litigios entre
Administraciones públicas no cabrá interponer recurso en vía. No obstante, cuando una
Administración interponga recurso contencioso-administrativo contra otra, podrá requerirla
previamente para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique
la actuación material o inicie la actividad a que esté obligada. El citado requerimiento previo
deberá producirse en el plazo de dos meses desde la notificación del presente acto
administrativo o en su caso, en el plazo de dos meses contados desde su publicación.
Cáceres, 1 de febrero de 2024
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2024-713
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de febrero de 2024
N.º 0029
Pág. 3013