Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-669)
BOP-2024-669 Aprobación Plan de Disposición de Fondos.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CALZADILLA
Plaza de Extremadura, 1 10817 Calzadilla – Cáceres
la no interrupción de los servicios públicos del artículo 26 de la Ley de Base de
Régimen Local. (cap 2, 4 y 6).
Se atenderán asimismo con carácter preferente los siguientes pagos:
• Pagos de alquileres de instalaciones municipales.
• Suministros precisos para prestación de servicios públicos.
• Pagos a empresas concesionarias y prestadoras de servicios públicos obligatorios.
• Gastos de funcionamiento y demás de mantenimiento.
En la ordenación de estos pagos, se tendrá en cuenta con carácter preferente el
cumplimiento del período medio de pago establecido a efectos de la normativa sobre
lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
NIVEL 10.- Subvenciones Corrientes, transferencias de capital, becas y aportaciones
a entes instrumentales (cap 4).
NIVEL 13.- Otros pagos presupuestarios y no presupuestarios, no incluidos en los
niveles anteriores que se pagarán por orden de antigüedad.
DISPOSICIONES EXTRAORDINARIAS.
PRIMERA.- Dentro de cada grupo de prioridad, las obligaciones se pagarán por orden
de antigüedad, siendo esta la fecha de aprobación de los reconocimientos de
obligación, y en segundo orden la fecha de la factura.
SEGUNDA.- Las obligaciones que deriven del reconocimiento de intereses de demora
tendrán la misma prioridad otorgada al gasto del que deriven.
TERCERA.- Cuando de la programación de las disponibilidades líquidas, que ha de
realizar la Tesorería, se dedujera que el cumplimiento del orden de prelación que se
establece en el presente Plan de Disposición de Fondos, llevara a que alguno de los
períodos mensuales resultase dudosa la cobertura de los vencimientos periódicos de
amortización e intereses de los créditos suscritos por el Ayuntamiento o sus
Organismos Autónomos o, una vez satisfechos estos, de gastos de personal, se
ajustarán la programación de órdenes de pago de cualesquiera otras obligaciones de
pago, a fin de dotar de oportuna cobertura a dichos gastos prioritarios al menos en un
período trimestral.
CVE:
BOP-2024-669
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de febrero de 2024
N.º 0027
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