Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-595)
BOP-2024-595 Bases que han de regir la Concesión de Subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (O.N.G.D.), para proyectos de sensibilización social y educación para la ciudadanía global para el año 2024.
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Núm. expediente: 2024/00001902Q
BORRADOR BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGD’S), PARA PROYECTOS DE
SENSIBILIZACIÓN SOCIAL y EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANIA GLOBAL PARA EL AÑO
2024
BASE PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva para financiar actividades, a desarrollar en el año 2024, llevadas a
cabo por ONGD’s dirigidas a financiar actividades de educación para la ciudadanía global, de
la población cacereña buscando la incorporación en la sociedad de hábitos de conducta y
participación alineados con la cultura de la solidaridad y la cooperación para el desarrollo, en
base a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento
General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la
Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES.
1.- Mediante la presente convocatoria se subvencionan proyectos de educación para
ciudadanía global, que contribuyan a la generación de una ciudadanía cacereña global, con
conciencia crítica sobre la realidad mundial, comprometida con la paz y los derechos
humanos, generando herramientas para la participación y la transformación social en claves
de justicia social y solidaridad internacional ,asimismo los proyectos deben buscar la
incorporación en la sociedad de hábitos de conducta y participación alineados con la
cooperación para el desarrollo, la igualdad de género, la defensa de los derechos humanos, la
defensa de los derechos de las personas LGBTI. , de prevención y sensibilización social de la
ciudadanía sobre pautas de comportamiento individual y social, ante situaciones de conflictos
o situaciones de emergencia social, ayudando a construir una ciudadanía comprometida,
solidaria y empática.
Desde la necesidad de construir desde todas las voces posibles los proyectos deben
contextualizarse y desarrollarse prioritariamente en distintos espacios de participación ya
constituidos en la ciudad o que se puedan constituir, asociaciones, colectivos, barrios,
distritos, trabajando en contextos de educación no formal. Si la población beneficiaria es
alumnos de centros escolares, y el proyecto se contextualiza en el ámbito de la educación
formal, se deberán ejecutar en horarios no lectivos y en espacios comunitarios.
El ámbito geográfico de ejecución de este tipo de proyectos será exclusivamente el Municipio
de Cáceres.
2.-La cantidad máxima subvencionable por proyecto, a desarrollar en la anualidad 2024, no
podrá superar los 5.000,00 euros para financiar actividades de educación para la ciudadanía
global de la población cacereña.
3.- Se considerarán gastos subvencionables con cargo a la presente convocatoria de ayudas
los siguientes:
3.1 Gastos de personal.
Se incluyen en este tipo de gastos, los relativos a sueldos del personal contratado y vinculado
para el proyecto objeto de la subvención, de la entidad beneficiaria. En este apartado no se
consideraran, los gastos derivados de la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto
que quedarán incluidos dentro del apartado de costes indirectos.
CVE:
BOP-2024-595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de febrero de 2024
N.º 0024
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