Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecañas de Tajo. (BOP-2024-584)
BOP-2024-584 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Auto-Taxi.
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El espacio libre en planta tendrá unas dimensiones mínimas de 120 cm de fondo y 80
cm de anchura.
La altura interior libre mínima en la zona a ocupar por la silla de ruedas será de 140 cm.
La puerta de acceso para la silla de ruedas tendrá unas dimensiones mínimas de 135
cm de altura y 80 cm de anchura.
Cuando el sistema de apertura sea batiente abrirá al menos 90º y dispondrá de los
mecanismos adecuados para impedir su cierre accidental.
Existirán anclajes ajustables para la silla de ruedas y cinturón de seguridad para el/la
usuario/a con al menos tres puntos de anclaje, ambos se podrán quitar autónomamente
en caso de emergencia.
Dispondrá de rampas (automáticas o manuales) o de plataformas elevadoras en la
puerta (o puertas) en que se prevea realizar el embarque y desembarque de sillas de
ruedas.
Las rampas escamotearles automáticas cumplirán las especificaciones siguientes:
El/la encargado/a de su funcionamiento será el/la conductor/a del vehículo.
Dispondrá de un dispositivo que la haga retroceder si en el despliegue la rampa se
encuentra con un obstáculo.
Su anchura será igual a la luz libre del hueco de la puerta en que se instale.
La puerta en que se halle instalada la rampa se señalizará con el símbolo internacional
de accesibilidad.
Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
Las rampas desmontables cumplirán las especificaciones siguientes:
Se transportará permanentemente en el vehículo.
El piso de la plataforma será antideslizante.
Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
CVE:
BOP-2024-584
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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