Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2024-582)
BOP-2024-582 Relación individualizada de los bienes a ocupar con carácter de urgencia para la ejecución de las obras de mejora y acondicionamiento de accesos a Santibáñez el Alto, comúnmente denominado camino de evacuación.
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SEGUNDO.- Que, se proceda a levantar la correspondiente Acta Previa a la ocupación,
mediante notificación a los afectados/as del día y la hora en que se llevará a cabo la misma. La
citada notificación deberá realizarse con una antelación mínima de ocho días a la fecha
prevista para el levantamiento del acta. Con la misma antelación, la fecha prevista para
efectuar el Acta Previa de ocupación se publicará edicto en el tablón de Anuncios del
Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia y en un periódico local.
TERCERO.- Que la ocupación de los bienes y derechos se lleve a efecto en el plazo máximo
de quince días contados a partir de que se realice el depósito previo a la ocupación por importe
equivalente a la capitalización, al interés legal del líquido imponible declarado con dos años de
antelación, aumentado en un 20% en el caso de propiedades amillaradas. Además se fijaran
las cifras de indemnización por el importe de los perjuicios derivados de la urgente ocupación.
CUARTO.- Que se notifique el presente Acuerdo a todos los interesados/as
Asimismo, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa , se procederá
a levantar el Acta previa de ocupación de los bienes contenidos en la relación, el día 18 de
mayo de 2024, a las 12:00 horas.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-
administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Santibáñez El Alto , 29 de enero de 2024
Rubén Francisco González
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-582
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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