Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-555)
BOP-2024-555 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para la realización de Actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Histórica y Democrática en la provincia de Cáceres destinadas a Asociaciones, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro, Organismos Públicos de investigación y Universidades, Ejercicio 2024.
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2.- Pago mediante cheque.
En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del proveedor que emite la
factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
3.- Pagos en efectivo.
Hasta el límite legal establecido en el art. 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación
de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la
intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, modificado por la
Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de
transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se
establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el
funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en
materia de regulación del juego.
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido
satisfecho el importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”,
“Recibí en efectivo”, “Contado”, “Pago en efectivo” o similar; nombre y apellidos o razón social,
DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho pago (cobrador); identificación de la factura a la
que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se
plasmen en el mismo documento de factura.
4.- Pagos con tarjeta bancaria.
Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta cuyo titular habrá de ser
la entidad o estar asociada a la misma.
5.- Otros pagos
En el caso de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de las retenciones
del IRPF se justificará con el modelo 111, que deberá ir con sello de caja o bien
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190,
resumen anual, que contiene el listado de trabajadores.
Se admitirán los documentos acreditativos de pagos realizados a través de plataformas
de pago electrónico, siempre que se realicen con monedas oficiales.
Las subvenciones serán sometidas a control financiero de conformidad con lo establecido en el
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control
CVE:
BOP-2024-555
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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