Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-519)
BOP-2024-519 EXTRACTO. Convocatoria de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para mobiliario y equipamiento de espacios públicos destinadas a Entidades Locales Municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes, 2024.
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reales) en lo referido a la adquisición de bienes de naturaleza inventariable, de acuerdo con la
estructura de gastos establecida en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se
aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, excepto los excluidos en el
apartado siguiente.Para tener la condición de subvencionables, los gastos deberán ser todos
de nueva adquisición, realizados en 2024 y reunir al menos una de las siguientes
características:
a) Que no sean bienes fungibles.
b) Que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
c) Que sean susceptibles de inclusión en inventario.
A título indicativo, será subvencionable con cargo a esta convocatoria la adquisición de los
siguientes bienes inventariables:
- Mobiliario y enseres para dependencias.
- Mobiliario para espacios públicos.
- Material de protección civil y prevención de incendios.
- Material informático y audiovisual.
EXCLUSIONES: No se considerarán subvencionables los gastos de naturaleza distinta a los
señalados en el apartado anterior.En concreto, se excluyen expresamente los gastos
imputables a capítulo 6 referidos obras de infraestructura, adquisición de terrenos o bienes
naturales y los de adquisición o construcción de edificios o instalaciones.
ENTIDADES DESTINATARIAS: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales
municipales de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes que, de
acuerdo con el Nomenclátor disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística,
realizada la consulta a fecha 17 de enero de 2024, y siendo los datos disponibles los
establecidos por el Ine correspondientes al 1 de enero de 2022, cuenten con al menos una
unidad poblacional singular de veinte o más habitantes además del núcleo principal –excluidas
las entidades locales menores, en su caso-, y que no se encuentren incursas en causa de
prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de acuerdo con
el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y el art. 7 de la OGS. El listado de estas
entidades se recoge en el anexo que se publica con la Convocatoria.
2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: La presente convocatoria de subvenciones está consignada
en el Presupuesto General de la Diputación para el ejercicio 2024, en la aplicación
02.9220.76200, dotada con un importe total de doscientos mil euros con noventa y ocho
CVE:
BOP-2024-519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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