Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-516)
BOP-2024-516 EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones para la contratación de personal administrativo destinadas a entidades locales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes, ejercicio 2024.
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disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la consulta a fecha
17 de enero de 2024, y siendo los datos disponibles los establecidos por el INE
correspondientes al 1 de enero de 2022, cuenten con al menos una unidad poblacional singular
de veinte o más habitantes además del núcleo principal –excluidas las entidades locales
menores, en su caso-, y que no se encuentren incursas en causa de prohibición para obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas de acuerdo con el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones. El listado de estas entidades se recoge en el anexo publicado con la
Convocatoria.
2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la
Diputación para el ejercicio 2024, en la aplicación 02.9220.46224, dotada con un importe total
de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €).
CUANTÍA.
La Diputación concederá una ayuda máxima de Cuarenta y tres mil seiscientos noventa y siete
euros (43.697,00 €).
3.- SOLICITUDES. SISTEMA DE TRAMITACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
La presente convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres (https://sede.dip-caceres.es), siendo obligatoria la tramitación
electrónica en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro.
Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de veinte días
hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
4.- DOCUMENTOS.
Las entidades presentarán su solicitud firmada tras cumplimentar los campos obligatorios del
formulario general de la sede electrónica, de acuerdo con las indicaciones publicadas a tal
efecto. Se admitirá a trámite una única solicitud por entidad.
Las entidades solicitantes deberán presentar el documento de Alta de terceros en aquellos
casos en los que la Diputación Provincial de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera
variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la
Diputación.
CVE:
BOP-2024-516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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