Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-515)
BOP-2024-515 Convocatoria de Subvención para la contratación de personal Administrativo destinadas a entidades locales con núcleos de población disperso y población inferior a veinte mil habitantes, ejercicio 2024.
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públicos.
La presente convocatoria, denominada “Convocatoria de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva para contratación de personal administrativo destinadas a entidades
locales municipales con núcleos de población dispersos y con población inferior a 20.000
habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2024”, es conforme a la normativa sobre
subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2024 de la
Diputación y la Ordenanza General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE PRIMERA. OBJETO Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
OBJETO.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación, en régimen de concurrencia competitiva,
de las subvenciones de la Diputación de Cáceres, a favor de las entidades locales definidas en
la base cuarta, para la financiación de gastos de personal administrativo con el fin de prestar el
servicio público necesario y conveniente a los ciudadanos que residen en núcleos de población
separados del principal, en el ejercicio 2024.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
La presente convocatoria subvencionará la contratación de personal administrativo
(contrataciones ya existentes o nuevas contrataciones) por parte de las entidades locales
definidas en la base cuarta, para el desempeño de tareas administrativas de su competencia, a
desarrollar en favor de los habitantes de la entidad que residan en núcleos de población
separados del principal, en los términos previstos en la base décima. A estos efectos, serán
subvencionables los contratos efectuados por las entidades beneficiarias en los términos
anteriormente definidos, a tiempo completo o a tiempo parcial, y de cualquier categoría
profesional.
Se entenderá por nuevas contrataciones aquellas que se hayan realizado con posterioridad al 1
de enero de 2024.
El Ayuntamiento llevará a cabo dichas contrataciones de conformidad con la legislación vigente
y, en especial, con la actual reforma laboral dispuesta por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28
de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el
CVE:
BOP-2024-515
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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