Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-512)
BOP-2024-512 Bases de la convocatoria 1 plaza de Profesor/a del conservatorio de Música (Especialidad Saxofón), mediante concurso oposición libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá
ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por
circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento
como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado disponen de un
plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que
cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución del
órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación
del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto
en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas
con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los
intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los
aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público.
DÉCIMA. - Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los/as aspirantes, éstos/as aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea
deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el
vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión
Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en
su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los
estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni
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39/2015,
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JOSE
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CASAS
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(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
25/01/2024
11:10
15/20
DIR3
Órgano:
Sello
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BOP-2024-512
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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