Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-511)
BOP-2024-511 Bases de la convocatoria 1 plaza de Profesor/a del conservatorio de Música (Especialidad Piano), mediante concurso oposición libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
En el anuncio de las calificaciones definitivas del primer ejercicio de la fase de oposición,
para los/as aspirantes que lo hayan superado, se abrirá un nuevo plazo de quince días
naturales para la presentación de documentación relativa a los méritos que hayan de ser
valorados, debiendo aportar copia de los documentos acreditativos de los mismos. Este nuevo
plazo se anunciará en la convocatoria (https://empleo.dip-caceres.es/). A quienes en este plazo
no aporte la documentación acreditativa no se valorarán los méritos, sin que exista la
posibilidad de su aportación posteriormente
Solamente serán valorados los méritos que consten relacionados en la instancia de solicitud de
participación. Los méritos serán aportados a través de la sede electrónica (https://sede.dip-
caceres.es/), accediendo en la pestaña “expedientes” al que se generó en el momento de la
inscripción.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos
aportados y que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite
de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que
proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en
el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en el plazo establecido para su aportación.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el
resguardo que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412
2600 3000 4395 la cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-
10-2014), donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo
referido a las causas de excención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de
“Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de
los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2Q1G0INUA0BWC6V0LSDCF8UU1GTGKM
DIPCC-PF2Q1G0INUA0BWC6V0LSDCF8UU1GTGKM
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Este
documento
es
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Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
24/01/2024
10:43
5/24
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-511
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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