Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-511)
BOP-2024-511 Bases de la convocatoria 1 plaza de Profesor/a del conservatorio de Música (Especialidad Piano), mediante concurso oposición libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
 Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,03 puntos por cada
actividad formativa.
 Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,03 puntos.
 Se valorarán con 0,05 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito
con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
Se asigna una puntuación a los/as aspirantes que hubieran impartido cursos o actividades
formativas por cada hora de docencia impartida dentro del porcentaje máximo alcanzable
dentro de este mérito.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante certificación que exprese el
organismo o la entidad que convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de
realización, contenido del curso, y número de horas impartidas de docencia.
C.3- Conocimiento de idiomas:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación, será de
0,192, de acuerdo con la siguiente baremación:
 Nivel B1: Se asignará una puntuación de hasta 0,0576.
 Nivel B2: Se asignará una puntuación de hasta 0,0672.
 Nivel C1: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0864.
 Nivel C2: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0960.
El conocimiento de idiomas se acreditará mediante certificación oficial expedida por las
Escuelas Oficiales de Idiomas y otros organismos oficiales reconocidos.
OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
Cada ejercicio será de carácter eliminatorio, por lo que serán excluidos aquellos aspirantes
que no alcancen una puntuación mínima de cincuenta por ciento de la máxima alcanzable en
cada uno de ellos.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. Los criterios de calificación de los distintos ejercicios serán los siguientes:
- Primer ejercicio: Cada una de las pruebas será calificado por cada miembro del Tribunal de
0 a 10 puntos, dividiéndose la suma de las calificaciones entre el número de miembros del
Tribunal que las han otorgado, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Se eliminarán
las puntuaciones máxima y mínima otorgadas cuando entre éstas exista una diferencia igual o
superior a tres puntos; en el caso de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en
tres o más puntos, se mantendrá el principio de eliminar las puntuaciones máxima y mínima;
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el
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27
de
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39/2015,
de
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de
Octubre
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de
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Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
24/01/2024
10:43
14/24
DIR3
Órgano:
Sello
de
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Página:
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BOP-2024-511
Verificable
en:
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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