Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-508)
BOP-2024-508 Bases de la convocatoria de dos plazas de Ingenieros/as Técnicos/as en Informática, mediante concurso-oposición, turno libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
acreditativos de los mismos. Este nuevo plazo se anunciará en la convocatoria
(https://empleo.dip-caceres.es/).
Solamente serán valorados los méritos que consten relacionados en la instancia de solicitud
de participación. Los méritos serán aportados a través de la sede electrónica
(https://sede.dip-caceres.es/), accediendo en la pestaña “expedientes” al que se generó en
el momento de la inscripción”.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del
proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as
aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de
forma motivada lo que proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en
el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no
acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasas por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma
electrónica.
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el
resguardo que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412
2600 3000 4395 la cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de
8-10-2014), donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto
en lo referido a las causas de exención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de
“Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta
de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para
el disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente
del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social o, en su caso, de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20S79O0AI7TGF093GRR4R3J7HJBU3O
DIPCC-PF20S79O0AI7TGF093GRR4R3J7HJBU3O
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
23/01/2024
12:53
5/26
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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