Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-508)
BOP-2024-508 Bases de la convocatoria de dos plazas de Ingenieros/as Técnicos/as en Informática, mediante concurso-oposición, turno libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial),
Tanto en los casos de servicios prestados en la Administración Pública como en el sector
público o privado, junto con la documentación deberá presentarse un Informe de vida laboral
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses.
Para eso, se calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá
entre 30, de tal manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero,
despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a
los efectos de este baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos.
En el caso de que este hecho suceda, se valorarán los servicios que más beneficien a los/as
interesados/as.
C. Formación: Máximo de 1,2 puntos.
-C-1.- Cuestiones comunes a la valoración de esta fase del concurso.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro
del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas (IV
Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas), Universidades y
colegios profesionales.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración
de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por
día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los
días concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,
los derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
 Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación
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el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
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Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
23/01/2024
12:53
14/26
DIR3
Órgano:
Sello
de
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Página:
CVE:
BOP-2024-508
Verificable
en:
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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