Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-507)
BOP-2024-507 Bases de la convocatoria de dos plazas de Profesor/a del Conservatorio de Danza, mediante concurso-oposición, turno libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Se asigna una puntuación a los/as aspirantes que hubieran impartido cursos o actividades
formativas por cada hora de docencia impartida dentro del porcentaje máximo alcanzable
dentro de este mérito.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante certificación que exprese el
organismo o la entidad que convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de
realización, contenido del curso, y número de horas impartidas de docencia.
C.3- Conocimiento de idiomas:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación, será de
0,192, de acuerdo con la siguiente baremación:
 Nivel B1: Se asignará una puntuación de hasta 0,0576.
 Nivel B2: Se asignará una puntuación de hasta 0,0672.
 Nivel C1: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0864.
 Nivel C2: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0960.
El conocimiento de idiomas se acreditará mediante certificación oficial expedida por las
Escuelas Oficiales de Idiomas y otros organismos oficiales reconocidos.
OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
Cada ejercicio será de carácter eliminatorio, por lo que serán excluidos aquellos aspirantes
que no alcancen una puntuación mínima de cincuenta por ciento de la máxima alcanzable en
cada uno de ellos.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. Los criterios de calificación de los distintos ejercicios serán los siguientes:
- Primer ejercicio: Este ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de 0 a 10
puntos, dividiéndose la suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal
que las han otorgado, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Se eliminarán las
puntuaciones máxima y mínima otorgadas.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia
de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, éstas serán automáticamente
excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. Si en esta
situación, además, se produjese empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo
se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
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27
de
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39/2015,
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de
Octubre
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de
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Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
23/01/2024
13:21
15/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
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BOP-2024-507
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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