Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-507)
BOP-2024-507 Bases de la convocatoria de dos plazas de Profesor/a del Conservatorio de Danza, mediante concurso-oposición, turno libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivos, que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia
y contraídos hasta el día de publicación del anuncio en el BOE.
A. Titulación: Máximo 0,4 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en
cada uno de los Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al siguiente
cuadro:
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente
las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de
carrera o interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla,
en plaza igual a la que se convoca o con funciones idénticas o análogas en su
contenido profesional y en su nivel técnico a las de las del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta, aunque tengan distinta denominación: Se
asignará una puntuación de 0,025 puntos por mes, hasta un máximo de 2,40
puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración
Provincial.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20HP0OWILNC00OIZIIE8TFP7MLUN5C
DIPCC-PF20HP0OWILNC00OIZIIE8TFP7MLUN5C
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
23/01/2024
13:21
12/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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