Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2024-492)
BOP-2024-492 Aprobación Reglamento Junta de Portavoces.
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extraordinaria todas las que fueran necesarias.
Artículo 4º.
La Junta de Portavoces entenderá de todos aquellos asuntos corporativos que les pueda
someter la Presidencia a efectos de decisiones de carácter corporativo, así como aquellos
asuntos que se prescriban en este Reglamento. En el que al menos se incluirán los puntos a
tratar: puntos de urgencia, contrataciones, subvenciones, obras y proyectos. Y se facilitará la
información correspondiente a tratar.
Artículo 5º.
Dado el carácter eminentemente deliberante y político de la Junta, no será necesario que a sus
sesiones asista el/la Secretario/a, por lo que no precisará la redacción de actas.
No obstante, si ocasionalmente se considerara conveniente su asistencia, a los efectos de dar
fe de lo actuado, o de prestar asesoramiento a la Junta, se convocará al/la Secretario/a, que
podrá delegar, si así lo autoriza la Junta, en funcionario/a con habilitación de carácter estatal o
técnico/a Licenciado/a en Derecho o el/la técnico/a necesario/a".
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valencia de Alcántara, 23 de enero de 2024
Allberto Piris Guapp
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de enero de 2024
N.º 0021
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