Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2024-422)
BOP-2024-422 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal tasa por agua.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Piornal
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal tasa por agua.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por suministro de agua, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
"Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA.
1.- Se tomará como base la cantidad de agua medida en metros cúbicos, utilizada en la finca,
en cada período semestral.
En los supuestos en que no sea posible obtener la lectura por ausencia del usuario, se exigirá
la cuota de abono, hallando la media de los tres últimos años. Los consumos inferiores a los
establecidos en la cuota de abono no darán lugar a su compensación en los subsiguientes
períodos.
2.- La cuota tributaria correspondiente por la prestación de los servicios de abastecimiento de
agua se determinará aplicando la siguiente tarifa:
A. Suministro Doméstico:
- Cuota de abono, incluyendo un consumo de 25 m3 al semestre: 25,00 euros.
- Por cada metro cúbico a partir de 26 m3 y hasta 100 m3 al semestre: 0,35 euros.
- Por cada metro cúbico a partir de 101 m3 al semestre: 0,60 euros.
B. Suministro Industrial:
- Cuota de abono, incluyendo un consumo de 35 m3 al semestre: 20,00 euros.
CVE:
BOP-2024-422
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de enero de 2024
N.º 0019
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