Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piornal. (BOP-2024-421)
BOP-2024-421 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal Tasa por licencias urbanísticas.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
El ingreso en la Tesorería municipal deberá realizarse en los plazos previstos en la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y normativa de desarrollo.
Contra la liquidación cabrán los recursos previstos igualmente en la legislación tributaria.
(…)”
La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación definitiva en el
Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo previsto en los arts. 70.2 y 107.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Piornal, 18 de enero de 2024
Javier Prieto Calle
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-421
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de enero de 2024
N.º 0019
Pág. 1841